Volver Versión para Imprimir

Show details for Información AdicionalInformación Adicional

Ordenanza N° 12867, Año 2020
Declaración Factibilidad Ambiental - Local comercial Sra. R. Álvarez Barcia
Publicación : 06/19/2020 -- Boletín Oficial N° 614



NORMA DE CARÁCTER PARTICULAR

ARTÍCULO 1º.- APRUÉBASE la Declaración de Factibilidad Ambiental, del proyecto caratulado “Local Comercial”, cuyo texto obra como Anexo I de la presente, a realizarse en el inmueble propiedad de la Sra. Roxana Álvarez Barcia, identificado como Lote 1-A, Nomenclatura Catrastal 15-21-052-0323-0004 de la Chacra 14 -Vega Plana-, de acuerdo al Informe de Factibilidad Ambiental (INFA) elaborado por la Licenciada Julieta Gastellu, y a las medidas de mitigación previstas en el mismo.-
ARTÍCULO 2º.- AUTORÍZASE al Sr. Presidente del Concejo Deliberante a firmar, en el marco de lo dispuesto por el artículo 25º de la Ordenanza 1584/94- T.O. 2007/96 junto con el Sr. Intendente Municipal, la Resolución Conjunta de Declaración de Factibilidad Ambiental , aludida en el artículo precedente.-

ARTÍCULO 3º.- ENCOMÍENDASE a la Subsecretaría de Gestión Ambiental, en su calidad de autoridad de aplicación, a realizar el procedimiento administrativo correspondiente.-

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal.-



Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Intendente Luz María Sapag, en Sesión Ordinaria Nº 2 de fecha 5 de marzo 2020, según consta en Acta correspondiente.-


ANEXO I
ORDENANZA N° 12.867/19

RESOLUCIÓN CONJUNTA Nº…………………….
San Martín de los Andes, de de 2019
VISTO:

El Expediente Nº 05000 – 650/14 caratulado "Local Comercial” , a construirse en el Lote 1-A, Ch 14, N.C.: 15-21-052-0323-0004, propiedad de la Sra. Roxana Álvarez Barcia en el cual se presenta el Informe de Factibilidad Ambiental (INFA), realizado por la Lic. Julieta Gastellu.

CONSIDERANDO:

Que, a fojas 468 a 471 constan los Planos de Obra del proyecto “Local Comercial” presentados por el Ing. Caldas,

Que, a fojas 511 a 512 la U.T.G.A califica el proyecto de Alto Impacto y emite los correspondientes Términos de Referencia (TDR), para la elaboración de un Informe de Factibilidad Ambiental (INFA),

Que, a fojas 514 a 565, obra el Informe de Factibilidad Ambiental (lNFA) elaborado por la Lic. Julieta Gastellu,

Que, a fojas 566 (reverso) la Dirección de Obras Particulares informa los Indicadores Urbanísticos para la UF 4,

Que, a fojas, 567 se recomienda la aprobación del INFA por parte de la UTGA, considerándose el proyecto factible ambientalmente,

Que, a fojas 568 a 569 consta el DECUAP de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza 8390/09

Que, la vigilancia, control y monitoreo sobre las obras y acciones que se ejecuten, se realizarán a través de la Unidad Técnica de Gestión Ambiental y demás dependencias del Poder Ejecutivo Municipal,

Que, las infracciones que se comprueben antes, durante y después de la ejecución de la obra que alteren, violen o incumplan los términos de la Declaración Ambiental y produzcan eventuales daños al ambiente a criterio de la Autoridad de Aplicación, serán sancionados según la gravedad de la conducta con:

- Multa entre el Uno por Ciento (1 %) y el Veinte por Ciento (20 %) de la inversión proyectada, mas la correspondiente acción correctiva.
- Caducidad de la Declaración Ambiental e implementación de las correspondientes acciones correctivas.

En caso de desistimiento o abandono del proyecto después de iniciada su ejecución o durante su ejecución:
Que, en atención a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 1584/1994 se ha dado cumplimiento a los recaudos establecidos en su Artículo Nº 22:
Que, de acuerdo a lo estipulado en los Artículos N° 22 y 25 de la Ordenanza Nº 2007 / 96, Modificada por la Ordenanza Nº 2601 / 97, corresponde el dictado de una Resolución Conjunta del Intendente Municipal y del Presidente del Concejo Deliberante,

POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL Y EL PRESIDENTE
DEL CONCEJO DELIBERANTE RESUELVEN

Artículo 1°- DECLARAR Ambientalmente Factible el proyecto "Local Comercial” , a construirse en el Lote 1-A, Ch 14, N.C.: 15-21-052-0323-0004, propiedad de la Sra. Roxana Álvarez Barcia, para el cual se presenta el Informe de Factibilidad Ambiental (INFA), y sus respectivas ampliaciones, realizado por la Lic. Julieta Gastellu, cumplimentando con lo establecido en el Protocolo de Procedimientos Técnicos – Administrativos aprobado por la Resolución Nº 1.212/10, con las siguientes características:
F.O.S Construcción Total
120 m²
120
F.O.S Espacio Exterior
36 m²
20.40 m²*
Superficie del Lote
600 m²

*sujeto a calculo según coeficiente de impermeabilización resultantes de los materiales a utilizar (Decreto Nº747/11).





ÍTEM
Características



Conducción de pluviales de los techos hacia zanjas de infiltración (2 zanjas de 16 m lineales x 0.8 m de cancho x 0.8 m de alto). Ver plano fojas 562 y 563.

Capa de ripio. Ver plano fojas 564.

Artículo 2°- APROBAR la documentación técnica obrante en el Expediente Nº 05000 – 650/14, donde consta el Informe de Factibilidad Ambiental, resaltándose las principales medidas correctivas y de mitigación ante los posibles Impactos Ambientales, a saber:


Medida N°1 MANEJO DEL SUELO

Etapa involucrada del proyecto: Constructiva y Operativa.
Responsable : Empresa Constructora / Propietario.
Controlador: Municipalidad de S.M.Andes.

Medida N°2 MANEJO DE LA VEGETACIÓN
Etapa involucrada del proyecto: Constructiva y Operativa.
Responsable : Propietario.
Controlador: Municipalidad de S.M.Andes.

Medida N°3 MANEJO DE RESIDUOS
Etapa involucrada del proyecto: Constructiva y Operativa.
Responsable : Empresa Constructora / Propietario.
Controlador: Municipalidad de S.M.Andes.

Medida N°4 TRATAMIENTO DE PLUVIALES

De acuerdo al principio de “impacto hidrológico 0” de la Orza. 8390/09, las aguas superficiales y pluviales producto de cualquier acción que origine escurrimientos se deberán conducir y disminuir en su volumen desde la fuente, de modo de no afectar a los lotes linderos y prevenir mayores impactos.
La clave para reducir al mínimo el impacto en el balance hídrico natural es mitigar los impactos hidrológicos desde la fuente de emisión y no al final de la línea.
Para ello ser deberá manejar la hidrología del lugar en forma integrada, aplicando técnicas de bajo impacto. Utilizando principalmente métodos simples, no estructurales, se indica entonces las siguientes medidas generales:
De acuerdo a los resultados del análisis de precipitaciones, escorrentías y aguas pluviales generadas, se proyectan para la correcta infiltración y conducción de pluviales dentro de la propiedad ZANJAS DE INFILTRACIÓN: se harán dos zanjas de 16 metros lineales x 0,8 m de ancho x 0,8 m de alto en las caídas de los techos.

Ver plano Tratamiento de Pluviales obrante a fojas 562 y 563.

Etapa involucrada del proyecto: Planificación, Constructiva y Operativa.
Responsable : Propietario.
Controlador: Municipalidad de S.M.Andes.

Medida N°5 CONTROL DE EMISIONES (RUIDO Y POLVO)
Etapa involucrada del proyecto: Constructiva y Operativa.
Responsable : Empresa Constructora / Propietario.
Controlador: Municipalidad de S.M.Andes.

Medida N°6 CONTROL DE PERTURBACIONES QUE AFECTEN LA FAUNA
Etapa involucrada del proyecto: Constructiva y Operativa.
Responsable : Empresa Constructora / Propietario.
Controlador: Municipalidad de S.M.Andes.

Medida N°7 SEGURIDAD E HIGIENE
Etapa involucrada del proyecto: Constructiva y Operativa.
Responsable : Empresa Constructora/Propietario.
Controlador: Municipalidad de S.M.Andes.

Medida N°8 ORDENAMIENTO DEL ACCESO VEHICULAR

Si bien el ingreso y egreso de vehículos no será de consideración, para reducir riesgos se deberá colocar en el acceso cartelería que indique precaución. La circulación deberá hacerse a baja velocidad .

Para permitir una práctica y sencilla operación de atraque de camiones, será diseñada una amplia tranquera de unos 4 metros de apertura, mínimo. Luego en el interior del predio, los vehículos que deban efectuar descarga o carga de mercaderías, ingresarán en el área construida. El acopio de materiales deberá realizarse dentro del local comercial.

Etapa involucrada del proyecto: Constructiva y Operativa.
Responsable : Propietario.
Controlador: Consorcio del PH.


Medida N°9 GESTIÓN DEL PAISAJE
Etapa involucrada del proyecto: Planificación, Constructiva y Operativa.
Responsable : Propietario.
Controlador: Municipalidad de S.M.Andes.

Artículo 3° - ESTABLECER que el Tratamiento Integral de las Aguas Pluviales del proyecto consta a fojas 551 a 557 y el plano correspondiente a fojas 562 y 563.

Artículo 4º- Las obras necesarias de conexión a nexos existentes de infraestructura de servicios básicos, quedan a exclusiva responsabilidad, por cuenta y cargo del propietario del proyecto.

Artículo 5º- ESTABLECER que la presente Declaración Ambiental no implica la aprobación o convalidación de los planos de arquitectura.

Artículo 6º :
- Multa entre el Uno por Ciento (1 %) y el Veinte por Ciento (20 %) de la inversión proyectada, mas la correspondiente acción correctiva.
- Caducidad de la Declaración Ambiental e implementación de las correspondientes acciones correctivas.
Artículo 7°- Registrar, comunicar, publicar y cumplido, dese al Archivo Municipal.



"San Martín de los Andes, Zona no Nuclear, A Favor de la Vida y de la Paz"

Volver